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Mejia D. Pers. bioet 1998; 2(2): 87-102.

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(Copyright © 1998)

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Abstract

En virtud del pluralismo ideológico exigido por la preservación de la autonomía personal y de la libertad que proclama la constitución de 1991, la Corte Suprema de Justicia ha expedido la sentencia No. C-239/97, la cual quita el carácter delictivo al homicidio piadoso causado por la complacencia de la victima en casos de enfermedad terminal. En este trabajo se quiere mostrar que dicha sentencia no respeta el pluralismo jurídico ya que es violatorio del principio del derecho humano más fundamental y pareciera querer estar en riesgo de inconstitucionalidad al aceptar que la tradición jurídica colombiana se ha asentado en el evangelio. Llama también la atención sobre el riesgo que representa tal doctrina ya que la providencias que emanan los más elevados organismos del Estado revisten un inevitable valor de ejemplaridad ya que el ciudadano tiende a ver en ellas verdaderas normas de conducta.


Language: es

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